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Dinero

septiembre 23, 2011

7 consejos legales para protegerte del hurto, robo o pérdida de una tarjeta de crédito

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Written by: Xiomara Becerra Rosas
Etiquetas:
tarjeta credito compra
Xiomara Becerra Rosas abogada y especialista en derecho bancario, comercial y del consumidor nos ofrece 7 consejos legales para protegerte del hurto, robo o pérdida de una tarjeta de crédito.

Indudablemente, uno de los medios de pago más utilizados en el comercio son las tarjetas de crédito que, si bien es cierto suponen ventajas para sus usuarios, también es cierto que pueden traer ciertos dolores de cabeza como las consecuencias que devienen del uso ilícito de las mismas (hurto, robo, clonación…) y las que en múltiples casos son asumidos por los usuarios, pese a ser las víctimas del delito.

Pero ¿qué pueden hacer los usuarios para evitar o mitigar estas consecuencias? Lo resumiríamos así: conocer las reglas del juego.

Y es que un número importante de personas suscriben Contratos para el Uso y Emisión de Tarjetas de Crédito sin considerar el contenido del mismo, teniendo sólo en mente los beneficios a obtener.

En ese sentido, es recomendable que se acerquen a las distintas entidades que emiten tarjetas de crédito, a fin de realizar una labor de investigación para conocer el producto y determinar las condiciones que le sean más convenientes, por lo que debe procurarse antes, durante y después de la contratación, lo siguiente:

 

1. Conocer los términos y condiciones del Contrato

Conocer los términos y condiciones del Contrato, pues allí se encuentran sus derechos y obligaciones, sin excluir las diversas disposiciones legales que sobre la materia se hayan proferido en sus respectivos países.

 

2. Revisar minuciosamente las cláusulas

Revisar minuciosamente las cláusulas sobre robo, hurto o pérdida de la tarjeta de crédito, pues, generalmente, el emisor establece la forma y el período de tiempo que tiene el usuario para informar sobre el hecho.

Tómese en cuenta que es usual que el emisor cuente con un sistema de recepción telefónica de denuncias que opere las veinticuatro horas del día, el cual debe identificar y registrar cada llamada.

 

3. Verificar el grado de responsabilidad

Verificar el grado de responsabilidad de las partes contratantes en las cláusulas mencionadas. La experiencia nos ha demostrado que este punto es de especial cuidado, toda vez que existen cláusulas de exoneración de responsabilidad en los Contratos por un supuesto incumplimiento de la custodia y la diligencia en el cuidado de la tarjeta por parte del tarjetahabiente.

En virtud de lo anterior, es recomendable revisen las cláusulas del Contrato y la normativa pertinente frente al hecho acontecido, pues, dependiendo del ordenamiento jurídico de cada cual, este tipo de cláusulas pueden carecer de efecto como es en el caso panameño, según la Ley No.81 de 2009.

Lo cierto es que este tema es tan delicado que es recomendable lo revisen con los profesionales del Derecho para que les expliquen a cabalidad los medios de defensa a los cuales pueden recurrir, y, por consiguiente, el direccionamiento a las autoridades competentes.

 

4. Conocer el contenido de la cláusula del Seguro de Fraude

Conocer el contenido de la cláusula del Seguro de Fraude, su cobertura y la forma de hacerlo efectivo. Sobre el particular, y, en nuestra opinión, existe un profundo desconocimiento de este tipo de cláusula y estar claro sobre ésta, es fundamental. Investigue, interrogue, no olvide que el emisor tiene la obligación inherente a la contratación de suministrar la información.

 

5. Revisar diligentemente el Estado de Cuenta

Revisar diligentemente el Estado de Cuenta. Hacerlo de manera oportuna y percatarse de cargos no realizados, lo llevará a notificar al emisor, por ende, evitar el cobro indebido o aminorar los costos.

 

6. Conocer que existen mecanismos legales e instituciones

Conocer que existen mecanismos legales e instituciones para hacer valer sus derechos. Reitero, interrogue, infórmese, busque ayuda. Existen, inclusive, gremios de Protección al Consumidor que pueden orientarle.

Sin embargo, tome en cuenta que los emisores deben contar con personal capacitado que pueda brindarles la información, así como también las instancias que usted debe agotar para interponer un reclamo.

Comuníquese con el ente regulador y supervisor de los emisores para que, igualmente, puedan ayudarle con sus dudas.

 

7. Denuncie el hecho ante las autoridades competentes

Denuncie el hecho ante las autoridades competentes y trate de hacerlo lo más rápido que pueda. No tenga miedo, es su derecho.

La posesión y manejo de una tarjeta de crédito no es un juego, al contrario, es un asunto muy serio; conocer sus reglas es su mejor arma para ejercer sus derechos y obligaciones. Manténgase en contacto con la entidad emisora. Agote siempre esa vía, tenga la seguridad que ello le evitará o disminuirá costos de tiempo, dinero y hasta emocionales.

¡Ojalá estos sencillos consejos sean de su ayuda!

El artículo fue modificado por la autora, si quieren ver el artículo original con consejos legales solamente aplicables a Panamá visiten la fuente. Fuente: http://www.ag-legalfinance.com/es/tucart.php?id=4012 (artículo original aplicable a Panamá). 





 
 

 
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